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jueves, 2 octubre, 2025

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Senado aprueba y turna la Ley de amparo a San Lázaro

  • Ciudad de México.-El Senado de la República de México aprobó y turnó a la Cámara de Diputados (San Lázaro) una reforma a la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política.

Esta reforma fue aprobada por el Senado, con el voto en contra de la oposición, en abril de 2024 (algunas fuentes mencionan el 18 o 19 de abril de 2024).

El punto central de la reforma es la limitación de la facultad de los jueces y magistrados del Poder Judicial para otorgar suspensiones con efectos generales en los juicios de amparo.

Los principales cambios son:

  • Suspensión con efectos generales: Se estableció que, en los juicios de amparo que resuelvan la inconstitucionalidad de normas generales, en ningún caso las suspensiones que se dicten fijarán efectos generales. Esto significa que la suspensión solo sería aplicable para la persona o el colectivo que promovió el amparo, y no para toda la población.
  • Derogación de la facultad excepcional: Se eliminó la disposición que permitía al órgano jurisdiccional de amparo conceder la suspensión de forma excepcional, aun cuando pudiera contravenir el interés social, si la negativa causaba una mayor afectación.
  • La oposición y especialistas señalaron que esta reforma constituye una regresión en los derechos humanos y una limitación al Poder Judicial, argumentando que busca impedir que los jueces frenen obras, leyes y decretos impulsados por el Ejecutivo Federal.
  • Tras su aprobación en el Senado (Cámara de Origen), la minuta fue turnada a la Cámara de Diputados (San Lázaro, la Cámara Revisora) para su discusión y, en su caso, aprobación, y posteriormente ser enviada al Ejecutivo Federal para su promulgación.

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